Cuál es la jerarquía de las normas en el ordenamiento jurídico guatemalteco y la superioridad de la Constitución.
Para entender cómo es que se agrupan las normas jurídicas por razón de la materia en el mundo del Derecho, hay que darse a la tarea de organizar un sistema que nos permita especificar en cierto sentido, de que tipo de normas estamos hablando. Esta tarea de ordenar y agrupar las diversas normas jurídicas en una ley o en el capítulo de un código es desarrollada por los legisladores.
Existen diferentes modos de ordenar y agrupar las normas de derecho. Tradicionalmente se han escogido cuatro ámbitos para la clasificación de las normas jurídicas, los cuales son:
- Ámbito Material de Validez
- Ámbito Temporal de Validez
- Ámbito Espacial de Validez
- Ámbito Personal de Validez
Interesa: Como surge el Derecho y las normas jurídicas.
Toda vez que hablamos de cómo se agrupan las normas jurídicas por razón de la materia, y ya que conocemos cuales son los diferentes ámbitos en los que el Derecho como sistema de normas se desenvuelve, en esta ocasión, es el ámbito Material de Validez del que debemos hablar teniendo en cuenta lo siguiente;
Las autoras Carmen Maria Gutierrez de Colmenares y Josefina Chacon de Machado en su obra, Introducción al Derecho, explican que “Al hablar del ámbito material de validez de las normas jurídicas nos referimos a la materia regulada por las mismas, es decir, al contenido de las relaciones sociales que ellas tratan de ordenar.
La más importante distinción en las relaciones sociales aparece cuando el estado actúa en su calidad tal como uno de los sujetos que intervienen en ellas. Estas relaciones difieren de aquellas que se entablan entre los particulares, o entre éstos y el Estado en una actividad propia de los particulares como por ejemplo al celebrar un contrato.
Por lo tanto, atendiendo al ámbito material de validez de las normas se consideran de Derecho Público todas aquellas en las que aparece el estado como institución publica; y de Derecho Privado aquellas que regulan relaciones de los particulares entre sí o con el estado, pero este actuando de la misma forma en que actúan los particulares.
Esta clasificación tradicional ha sufrido transformaciones y cuestionamientos al aparecer diferentes relaciones sociales, que por su especial naturaleza, ya no encajan ni en el Derecho Privado ni en el Derecho Público. Estas relaciones son incluidas por los diferentes tratadistas dentro de un grupo aparte, al que han denominado Derecho Social o Derecho intermedio como por ejemplo, relaciones de trabajo, relaciones de familia, etc.
Por lo que, atendiendo al ámbito material de validez explicado anteriormente, las normas jurídicas se clasifican de acuerdo a la siguiente clasificación.
Referencias:
Bibliográfica: Carmen Gutierrez, Josefina Chacon. Introducción al Derecho. Tercera Edición. 2003. Guatemala. Pags. 19-23.
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